Autorización salida de menores al extranjero
Permiso para salida de menores residentes en España al extranjero.
Los menores que viajen solos necesitarán justificar ante los agentes fronterizos que no abandonan el territorio nacional contra la voluntad de las personas que ejerzan legítimamente la patria potestad.
De igual forma, los menores que viajen acompañados de adultos que no ejerzan la patria potestad, necesitarán justificar ante los agentes fronterizos que no se ha privado lícitamente de la custodia del menor a las personas que legítimamente la tienen conferida.
En ambos casos los agentes fronterizos realizan una inspección minuciosa de los documentos y justificantes de viaje de los menores.
Con objeto de justificar la salida del territorio nacional de los menores, las personas que ejerzan la patria potestad pueden presentarse en un Puesto de la Guardia Civil para formalizar por escrito la correspondiente autorización.
Para agilizar el trámite tienen la posibilidad de rellenar un formulario en formato Word con los datos necesarios para su tramitación.
Autorización para salida de menores al extranjero
Una vez cumplimentado e impreso el formulario deberá personarse en un puesto de la Guardia Civil con un documento de identidad (DNI o pasaporte) y el resto de documentación que acredite la patria potestad del menor (DNI o pasaporte del menor, libro de familia, etc.).
Importante: ante la falta de este documento las compañías aéreas pueden negarse a dejar embarcar al menor si no va acompañado del permiso para salida de menores al extranjero.
La Agencia no se hace responsable si el pasajero no puede embarcar en el vuelo, ni tampoco si en destino tiene algún tipo de consecuencia, (repatriación, sanción económica, etc.), por la falta de dicha autorización de salida de menores al extranjero.