Condiciones de contratación

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CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el programa/folleto es el documento informativo al que éstas se incorporan.

El programa/oferta es la descripción del viaje combinado contenida en el programa/folleto que constituye el objeto del contrato de viaje combinado.
La información sobre el programa/oferta contenida en el programa/folleto es vinculante para el organizador o detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en el programa oferta.
  2. Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.

A. TARIFAS
El precio del viaje combinado ha sido calculado teniendo en cuenta las cotizaciones de divisas, coste del carburante, tarifas de transporte, etc. pudiendo ser modificados los precios por cambios en contra valores de moneda, aumentos de carburantes, tarifas y tasas aéreas, o ante la falta de confirmación o disponibilidad en los establecimientos cotizados. Las tarifas aéreas cotizadas están sujetas a revisión por parte de la compañía aérea y a su vez puede existir un número limitado de plazas para grupos en tarifa cotizada, en base a esa disponibilidad y situación de los vuelos. Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja.

A.1. Ofertas especiales. Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/folleto, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en el programa/oferta, aun cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este folleto.

A.2 Exclusiones.
A.2.1. El precio del Viaje Combinado no incluye: Tasas, impuestos y/o cargos locales a pagar por el cliente en destino, tales como tasas turísticas, ecológicas, hoteleras, etc. , visados, tasas de aeropuerto y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, bebidas, regímenes alimenticios especiales – ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, y en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente detallado en el programa/oferta, en el contrato de viaje combinado.

No se incluyen tampoco aquellos cargos adicionales que pueden ser cobrados por algunos alojamientos, directamente en destino, en concepto de servicios adicionales puestos a disposición del viajero, incluso aunque éste no haga uso de ellos.

A.2.2. Excursiones o visitas facultativas: En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación tiene mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo de “estimado”.  Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado.

Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.

A.2.3. En los viajes de nieve, salvo indicación expresa en contrario, en el programa/folleto, no estarán incluidos los remontes y cursillos de esquí.

A.2.4. Propinas. Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas. En el caso de los cruceros, en el precio del viaje no está incluida, salvo que se especifique lo contrario, una aportación complementaria que usualmente, suele denominarse propina, cuyo importe está en función de la duración del viaje y que tiene como único destinatario el personal de servicio, respecto de la cual al inicio del viaje se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la finalización del viaje.

B. ALOJAMIENTOS
Los alojamientos cotizados son los que se indican en cada ficha, el alojamiento salvo que se indique lo contrario será en habitaciones de ocupación múltiple, salvo en los casos de habitaciones para acompañantes y choferes, que serán dobles o individuales.
GLOBAL ADVENTURE no se hace responsable de los posibles desperfectos que los grupos puedan ocasionar, por lo que algunos alojamientos pueden pedir un depósito como fianza a la llegada del grupo, que sería reembolsado en su totalidad a la salida si no han ocasionado ningún tipo de daño. Este depósito será entregado por el grupo a la entrada al alojamiento. Por causas ajenas podrá variarse el alojamiento contratado por uno de similar o superior categoría sin que exista motivo de reclamación por esta variación.
Igualmente puede variarse el orden de las actividades contratadas pudiendo modificarse alguna de ellas por otra de similar valor económico sin que pueda existir motivo de reclamación por esta variación.

C. DOCUMENTACIÓN DEL VIAJE
GLOBALADVENTURE.ES entregará al jefe de grupo, profesor o encargado toda la documentación necesaria para la prestación de los servicios contratados, hoja de ruta, bonos, billetes de avión, listado de componentes del viaje y demás documentación necesaria para el perfecto cumplimiento de lo contratado. Si al viaje asistiera un guía o equipo de monitores esta documentación y las gestiones necesarias las realizarían este personal, asignado por la agencia.
Documentación del viaje: El viajero deberá consultar la necesidad o recomendación de documentación en cada uno de los destinos a visitar (DNI, pasaporte, visado, autorizaciones, etc.) especialmente los viajeros no comunitarios. Todos los documentos deberán estar en regla y comprobado que la documentación sea la exigida por el país a visitar. Será por cuenta del cliente la obtención del pasaporte o de cualquier otro documento exigido. En caso de ser rechazado un viajero en el lugar de destino, por no llevar la documentación requerida o ser rechazado por no cumplir los requisitos exigibles, GLOBALADVENTURE.ES no será responsable de los gastos adicionales ni hará devolución del precio del viaje.

D. CONTRATACIÓN DEL VIAJE
1. SOLICITUD DE RESERVA
1.1 El consumidor que desea contratar un viaje combinado realiza una “solicitud de reserva”. Tras esa solicitud, la agencia se compromete a realizar las gestiones oportunas para obtener la confirmación de reserva con arreglo al número de plazas disponibles y al periodo para el que se ha solicitado.
1.2 En el momento de la solicitud de la reserva la agencia podrá requerir al consumidor un anticipo que no será superior al 40% del importe total del viaje, en concepto de garantía de reserva. La cantidad restante se abonará hasta 30 días antes de la salida. Para determinadas fechas y destinos más solicitados, puede ser posible que la reserva tenga que hacerse con mayor antelación para garantizar la reserva de plazas. Si se confirma la reserva, la suma entregada se imputará al precio del viaje. Si el consumidor retira su solicitud de reserva antes de la confirmación, se le reintegrará la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de gestión que sean razonables.
1.3 Si el consumidor solicita la elaboración de un viaje combinado a medida, la agencia podrá exigir el abono de una cantidad para la confección del proyecto. Si el consumidor acepta la oferta de viaje combinado elaborada por la agencia, y ésta puede confirmarle los servicios que comprende, la suma entregada se imputará al precio del viaje. Siempre que no pueda confirmarlos, la agencia deberá devolver las cantidades entregadas por el consumidor.
1.4 En todos los supuestos anteriores, si la agencia no puede ofrecer el viaje solicitado y ofrece al consumidor la realización de un viaje análogo u otro distinto, salvo que se indique expresamente lo contrario, se entenderá que mantiene esa oferta durante 24 horas. En estos casos, el contrato se perfeccionará si el consumidor acepta la oferta dentro de ese plazo o del que expresamente se haya establecido.

2. CONFIRMACIÓN DE LA RESERVA
La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el contrato de viaje combinado es de obligado cumplimiento para ambas partes.

3. PAGO DEL VIAJE
3.1 En el momento de la formalización del contrato el consumidor deberá abonar una suma que corresponda al 30% del precio del viaje combinado o, en su caso, completar hasta ese importe las cantidades que hubiere entregado a cuenta. Si el consumidor no realiza dicho pago, la agencia le requerirá para que lo efectúe en el plazo razonablemente breve que le fije.
3.2 El pago del importe restante del viaje se efectuará cuando la agencia ofrezca la entrega al consumidor de los títulos de transporte, bonos de viaje o cualquier otro documento indispensable para la correcta ejecución de las prestaciones que forman el viaje combinado. Si el consumidor no realiza dicho pago, la agencia le requerirá para que lo efectúe en el plazo que le fije. Si no le fija plazo, se entenderá que el pago deberá efectuarse a lo más tardar 7 días antes de la salida.
3.3 La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento antes de la salida si el consumidor no realiza cualquiera de los pagos previstos en los apartados anteriores en el plazo que corresponda.

E. REGLAS APLICABLES A LAS PRESTACIONES DEL VIAJE COMBINADO
4. PRESTACIONES
4.1 Las prestaciones que integran el contrato de viaje combinado resultan de la información proporcionada al consumidor en el folleto o programa, así como de las indicaciones relativas a esta información que se hayan realizado al confirmar la reserva.
4.2 No obstante, la agencia organizadora se reserva la posibilidad de modificar la información contenida en el folleto antes de la perfección del contrato. Para su validez, los cambios en dicha información se tienen que haber comunicado claramente por escrito al consumidor.

5. ALOJAMIENTO
5.1 Los alojamientos cotizados son los que se indican en cada ficha, el alojamiento salvo que se indique lo contrario, será en habitaciones de ocupación múltiple, salvo en los casos de habitaciones para acompañantes y choferes, que serán dobles o individuales. Consultar precios en otras distribuciones habitación single.
5.2 Salvo que otra cosa se indique en el folleto o se disponga en condiciones particulares:
a) En relación con aquellos países en los que existe clasificación oficial de establecimientos hoteleros o de cualquier otro tipo de alojamiento, el folleto recoge la clasificación turística que se otorga en el correspondiente país. En aquellos en los que no existe clasificación oficial, la categoría que se indica en el folleto es simplemente orientativa. En todo caso, la agencia ha de velar por la mayor correspondencia entre la calificación utilizada y las expectativas que ello pueda generar razonablemente en un consumidor español.
b) El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada país. Por lo general, la habitación puede ocuparse a partir de las catorce horas del día de llegada y debe desalojarse antes de las doce horas del día de salida, con independencia de la hora en que esté prevista la llegada al hotel o de la hora en que esté prevista la continuación del viaje.
c) Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son generalmente habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser un sofá-cama o un plegatín, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más grandes.
5.3 GLOBALADVENTURE.ES no se hace responsable de los posibles desperfectos que los grupos puedan ocasionar, por lo que algunos alojamientos pueden pedir un depósito como fianza a la llegada del grupo, que sería reembolsado en su totalidad a la salida si no han ocasionado ningún tipo de daño. Este depósito será entregado por el grupo a la entrada al alojamiento. Por causas ajenas podrá variarse el alojamiento contratado por uno de similar o superior categoría sin que exista motivo de reclamación por esta variación.
5.4 Igualmente puede variarse el orden de las actividades pudiendo modificarse alguna de ellas por otra de similar valor económico sin que pueda existir motivo de reclamación por esta variación.

6. TRANSPORTE
6.1 En caso de contratación del autocar, el precio publicado incluye transporte peajes, y Pensión Completa del conductor en alojamiento de destino.
6.2 El consumidor debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por la agencia o, en su defecto, por el folleto. Por regla general en el caso de transporte aéreo la antelación mínima es de una hora y media sobre el horario de salida previsto.
6.3 Si el consumidor no pudiera realizar el viaje por no haberse presentado con la antelación requerida, se aplicará el régimen previsto por el apartado 14 para la falta de presentación a la salida o, en su caso, el previsto en el apartado 12 para el desistimiento del consumidor.
6.4 La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el consumidor lleva consigo y conserva bajo su custodia son de su exclusiva cuenta y riesgo.

7. SEGUROS
GLOBALADVENTURE.ES pone a disposición de todos los usuarios la contratación opcional de un seguro de viaje, con coberturas de Asistencia y Responsabilidad Civil, (consultar precios), exceptuando los viajes en los que las empresas de actividades subcontratadas, los servicios de transporte y las instalaciones cuenten con su seguro propio.

8. PRESTADOR DE SERVICIOS
GLOBAL ADVENTURE es una Agencia de Viajes con licencia de turismo mayorista-minorista CICMA 3451, con dirección postal en Calle Diego Lainez, 5 – 28600 Navalcarnero, Madrid, España. Podrán contactar en la dirección postal indicada o a través de la dirección electrónica info@globaladventure.es

9. OTROS SERVICIOS
9.1 Por regla general, el régimen de pensión completa incluye desayuno continental, almuerzo, cena y alojamiento. El régimen de media pensión, salvo que se indique de otro modo, incluye desayuno continental, cena y alojamiento. Por regla general, dichas comidas no incluyen las bebidas.
9.2 Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes especiales) sólo se garantizan si han sido pactadas por las partes en condiciones particulares.

F. DERECHOS DE LAS PARTES ANTES DE EMPEZAR EL VIAJE
10. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
10.1 Si en cualquier momento anterior a la salida el consumidor desea solicitar cambios referidos a los destinos, a los medios de transporte, a la duración, al calendario, al itinerario del viaje contratado o a cualquier otro extremo referido a las prestaciones y la agencia puede efectuarlos, ésta podrá exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que hubiese causado dicha modificación así como una prima por modificación de la reserva que no podrá exceder del 3% del precio del viaje.
10.2 Antes de la salida, la agencia sólo puede realizar los cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje combinado y que no sean significativos. Se considera que los cambios necesarios son significativos si impiden la realización de los fines de éste según sus características generales o especiales.
10.3 En el supuesto de que la agencia se vea obligada a realizar cambios significativos lo pondrá inmediatamente en conocimiento del consumidor. Este podrá optar entre aceptar la modificación del contrato en la que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio, o resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes al que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.

11. REVISIÓN DEL PRECIO
11.1 Después de la celebración del contrato, los precios únicamente podrán modificarse tanto al alza como a la baja, siendo estas modificaciones notificadas al viajero de forma clara y comprensible, con una justificación de las mismas y con su cálculo en un soporte duradero, a más tardar 20 días naturales previos a la salida y que no sea significativa, es decir, superior al 15% del precio del viaje. Además, dicha revisión sólo se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del viaje a las variaciones:
a) De los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
b) Del precio de los transportes comprendidos en el viaje, incluido el coste del carburante.
c) De las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, como tasas de aeropuerto, embarque, desembarque y similares incluidas en el precio.
11.2 El precio revisado se determinará tomando como referencia el contra valor de la moneda del país de destino y los precios, tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del catálogo.
11.3 En caso de circuitos que incluyan dos o más países, el tipo de cambio tomado como referencia es el del dólar USA en la misma fecha.
11.4 Si la revisión del precio supone un aumento superior al 15% del precio del viaje, la agencia lo pondrá inmediatamente en conocimiento del consumidor, quien podrá resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes a que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.

12. DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN CASO DE RESOLUCIÓN
12.1 En los En los supuestos en que el consumidor, de acuerdo con los apartados anteriores, resuelva el contrato podrá optar entre:
a) Que le reembolsen en el plazo máximo de un mes todas las cantidades pagadas, o
b) Que, siempre que la agencia pueda proponérselo, le ofrezcan otro viaje combinado de calidad equivalente o superior. Si el viaje ofrecido es de calidad superior, la agencia no le exigirá suplemento alguno. También podrá aceptar la realización de un viaje de calidad inferior, pero en este caso la agencia le deducirá la diferencia de precio.
12.2 En ambos casos, el consumidor tiene derecho a reclamar la indemnización prevista para el supuesto de cancelación del viaje previsto en el apartado 13 y en sus mismos términos.

13. CESIÓN DE LA RESERVA
13.1 El consumidor podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones requeridas en el folleto y en el contrato para realizar el viaje combinado.
13.2 La cesión deberá ser comunicada por cualquier medio a la agencia y será gratuita si ésta recibe la comunicación con una antelación mínima de quince días a la fecha de inicio del viaje. Si se desea llevar a cabo con posterioridad y la agencia puede aceptarla, podrá exigir al consumidor una prima por cesión que no excederá del 3% del precio del viaje.
13.3 En todo caso, el consumidor y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante la agencia del pago del resto del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado la cesión.

14. GASTOS DE ANULACIÓN
En cualquier momento el consumidor y usuario podrá dejar sin efecto los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado, a excepción de los gastos de cancelación generados por los siguientes servicios:
14.1. Servicio de Gestión de la Agencia de Viajes:
Se cobrará el 10% del coste del viaje en concepto de gastos de gestión, independientemente de la fecha en la que se comunique el deseo de cancelación del grupo y siempre y cuando el motivo sea una causa ajena a Global Adventure. Esta cantidad se indicará en la circular informativa del viaje. Servicios terrestres:

a) Hoteles, restaurantes y actividades
1.- Gastos de cancelación de un 25%, si la cancelación se produce hasta 30 días antes del inicio del viaje.
2.-Gastos de cancelación de un 50%, si la cancelación se produce entre 29 y 15 días antes del día de inicio del viaje.
3.-Gastos de cancelación de un 75%, si la cancelación se produce entre 14 y 7 días antes del inicio del viaje.
4.-Gastos de cancelación de un 100%, si la cancelación se produce 6 días antes del inicio del viaje.

b) Transporte y monitores

Para aquellos viajes combinados en los que estén incluidos los servicios de transporte y/o monitores de tiempo libre, se establece un importe fijo de 65,00 € por autobús y 10,00€ por servicio de monitores, como gastos fijos de cancelación no reembolsables en ninguna situación para evitar que los gastos repercutan al resto de alumnos.

14.2 El consumidor tiene la facultad de desistir el viaje contratado en cualquier momento antes de la salida. No obstante si este desistimiento se produce dentro de los 15 días anteriores a la salida del viaje, deberá abonar una penalización en función del tiempo que falte para la salida, que será de:

a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 10 y de menos de 15 días.
b) El 15% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 10 y 3 días.
c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.

14.3 El consumidor no tendrá que abonar porcentaje alguno en concepto de penalización si el desistimiento tiene lugar por causa de fuerza mayor. A estos efectos, se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad grave del consumidor o alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que lo impida participar en el viaje.
14.4 En todos los casos, el consumidor deberá abonar los gastos de gestión y anulación que produzca el desistimiento, pero podrá recuperar estas cantidades gracias a la contratación del seguro de cancelación, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se reflejan en el mismo.
14.5 El desistimiento produce efectos desde el momento en que la voluntad de desistir del consumidor llega al conocimiento de la agencia.
14.6 Conocido el desistimiento, la agencia devolverá al consumidor las cantidades que hubiese abonado en el plazo máximo de un mes, deducidos los gastos de gestión y, en su caso, los gastos de anulación justificados y las penalizaciones correspondientes detalladas en los apartados anteriores.
14.7 Si el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buque u otros análogos, los gastos de gestión, los gastos de anulación y las penalizaciones serán los que indique a modo explícito el folleto para ese viaje o los acordados de modo particular en el documento contractual.

15. CANCELACIÓN DEL VIAJE POR PARTE DEL ORGANIZADOR
15.1 La cancelación del viaje, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, le da derecho a resolver el contrato con los derechos previstos en el apartado 10.

En el supuesto de que el consumidor y usuario opte por resolver el contrato o de que el organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida cordada, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor y usuario, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior siempre que GLOBAL ADVENTURE pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el organizador o el detallista deberán reembolsar al consumidor y usuario, cuando proceda en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.

En todo caso, el consumidor y usuario podrá exigir el reintegro de las cantidades desembolsadas a GLOBAL ADVENTURE, que deberá reintegrárselas en los plazos y condiciones previstas nunca superiores a un plazo máximo de 30 días. El cómputo del plazo, en este caso, se iniciará desde la notificación del consumidor y usuario de su opción por la resolución o desde que se produjeran las circunstancias determinantes de la cancelación.

15.2 Si la cancelación del viaje se comunica dentro de los dos meses anteriores a la salida, la agencia deberá abonar al consumidor una indemnización en función del tiempo que falte para la salida, que como mínimo será de:
a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 15 días y de menos de 2 meses.
b) El 10% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 15 y 3 días.
c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.

15.3 No existe obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:
a) Cuando la cancelación se debe a que el número de personas inscritas es inferior al exigido en el folleto o en el contrato para el viaje combinado. En este caso, la agencia debe comunicar por escrito la cancelación al consumidor antes de la fecha límite fijada en el folleto o en el contrato. En su defecto, la agencia debe notificar la cancelación con una antelación mínima de diez días a la fecha de salida.
b) Cuando la cancelación del viaje se debe a motivos de fuerza mayor. Son causas de fuerza mayor las circunstancias ajenas a la agencia, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida, no existirá la obligación por parte de GLOBAL ADVENTURE de la devolución del 100% de la cantidad abonada por el cliente. Se devolverá la cantidad abonada, excepto los gastos de gestión, que corresponden al 10% del importe total del viaje.

16. FALTA DE PRESENTACIÓN A LA SALIDA
16.1 Existirá falta de presentación a la salida si el consumidor no comunica su voluntad de no llevar a cabo el viaje y no se presenta en el tiempo y lugar previstos para la salida. En este caso, pierde el derecho a la devolución de las cantidades entregadas y continúa obligado a abonar las que estuvieran pendientes de pago.
16.2 No obstante, si la falta de presentación tiene lugar por causa de fuerza mayor, el consumidor tendrá derecho a que se le devuelvan las cantidades entregadas, deducidos los gastos de gestión y los gastos de anulación. A estos efectos, se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el viaje y comunicar a la agencia esa imposibilidad antes de la salida.

17. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O FALTA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
17.1 Cuando el consumidor compruebe durante la realización del viaje que existe algún defecto o se produce la falta de prestación de algún servicio contratado, deberá comunicarlo en el mismo lugar y lo antes posible al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate. La comunicación se deberá llevar a cabo por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia. Tras recibir la comunicación, el detallista o el organizador deberán obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.
17.2 Si realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, el documento que la acredite le exonerará de aportar ulteriores pruebas sobre la existencia del defecto, salvo que el organizador, el detallista o el prestador del servicio hayan comprobado en presencia del consumidor que el defecto no existe o que no reúne las características indicadas, y así lo hayan hecho constar.
17.3 Si el consumidor no realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, deberá probar los defectos que se aleguen de acuerdo con los criterios generales de prueba y serán de su cuenta todos los daños que se produzcan o que se agraven por su falta de comunicación.

18. IMPOSIBILIDAD DE PRESTAR UNA PARTE IMPORTANTE DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL ORGANIZADOR
18.1 La agencia deberá adoptar las soluciones adecuadas para la continuación del viaje si una vez iniciado el mismo no suministra o comprueba que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato. Son parte importante de los servicios previstos aquellos cuya falta de realización impide el normal desarrollo del viaje y provocan que no sea razonable esperar del consumidor medio de ese tipo de viaje que lo continúe en esas circunstancias.
18.2 La agencia no podrá pedir suplemento alguno por las soluciones adoptadas para la continuación del viaje y abonará al consumidor cualquier diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.
18.3 Si el consumidor acepta expresa o tácitamente las soluciones propuestas por la agencia no tendrá derecho a indemnización alguna por dichas modificaciones. Se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas si continúa el viaje con las soluciones dadas por el organizador.
18.4 Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, la agencia deberá:
a) Proporcionarle un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, si el contrato incluye el viaje de regreso.
b) Reembolsarle el precio pagado con deducción del importe de las prestaciones que le haya proporcionado hasta el fin del viaje, excepto si el defecto que impide la continuación del viaje es imputable al consumidor.
c) Abonarle la indemnización que en su caso proceda.

19. DESISTIMIENTO DEL CONSUMIDOR DURANTE EL VIAJE
19.1 El consumidor tiene el derecho a desistir del contrato de viaje combinado una vez comenzado el viaje, pero no podrá reclamar la devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar las que estén pendientes de pago.
19.2 Si el desistimiento obedece a un accidente o a una enfermedad del consumidor que le impida continuar el viaje, la agencia está obligada a prestar la necesaria asistencia y, en su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de anulación debidamente justificados que correspondan.
19.3 En ambos casos, todos los gastos suplementarios ocasionados por el desistimiento, y en particular los de repatriación o traslado al lugar de origen, son a cargo del consumidor.

20. DEBER DE COLABORACIÓN DEL CONSUMIDOR AL NORMAL DESARROLLO DEL VIAJE
20.1 El consumidor deberá atenerse a las indicaciones que le facilite agencia para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los viajes en grupo guardará el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.
20.2 La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver el contrato de contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la agencia proporcionará al consumidor un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido. La agencia tendrá derecho además a la indemnización que proceda por los daños imputables a la conducta del consumidor.

  1. VIGENCIA
    La vigencia del programa/folleto será desde el 1 de septiembre del año en curso al 30 de junio del año siguiente.

 

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